LA Generalitat de Catalunya tendrá facultades para:
Regulación del Servicio.
Inspección y régimen sancionador por infracciones.
Establecimiento de tarifas.
Aprobación de las condiciones generales de los billetes.
Establecimiento de Servicios mínimos en casos de huelga.
Resolución de reclamaciones de los viajeros.
De la lectura de estas facultades, a los usuarios le surgen muchas dudas.
¿Cómo pondrá en funcionamiento la circulación más trenes, si aún hay tramos de vía única que impiden el avance del tren, hasta que no ha pasado en sentido contrario otro?.
¿Cómo regulará el mejor servicio a los usuarios, y cómo podrá garantizar la puntualidad si no controla las infraestructuras de señalización,?.
¿ Las inversiones prometidas por el Gobierno, nunca se ejecutan en el plazo previsto, ni el su total de la inversión estipulada. El promedio estadístico es solo de un 62% del total, desde hace muchos años.
El establecimiento de Servicios mínimos en casos de huelga, puede establecer los horarios, pero no que se cumpla lo previsto, como sucede la mayoría de las veces.
¿Cuándo se eliminen tramos de vía única financiando su coste para mejorar el servicio ¿quién será su propietario?. ¿Lo autorizará RENFE?.
¿Sí se cancela el servicio de la operadora RENFE, qué otras operadoras podrán sustituirla?.
jueves, 14 de enero de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario